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miércoles, 2 de mayo de 2012

**Taller Numero 3. Normatividad Vigente**

                           

 *Existe una frase que dice " Quien pone el riesgo asume las consecuencias" Que interpretación legal le haría a esta frase? Argumente su respuesta en un mínimo de 30 lineas.

Con los primeros movimientos por la seguridad, no se observa motivacion alguna, por mejorar las condiciones de trabajo. El desarrollo industrial trajo consigo el incremento cel riesgo y con ello accidentes , lo que obliga a aumentar las medidas de seguridad, las cuales se cristalizan con el advenimiento de las conquistas laborales. En el transcurso de los años el desarrollo tecnológico no solo trajo aparejado el incremento de los accidentes de trabajo,que han surgido en la actividad productiva que en ocasiones ha provocado un deterioro y enfermedades que atentan contra la salud no justificado, por lo que la parte ocupacional es la responsable de velar por el control y la prevención de las enfermedades, los accidentes y las desviaciones de la salud de los trabajadores, así como la promoción de los mismos. Los riesgos presentes en la actividad laboral son muy variados, frutos de la diversidad de operaciones, maquinas, útiles y herramientas necesarios para ejecutar todas las fases del proceso productivo. El trabajo es un derecho, un deber, un imperativo económico y también una forma de realización personal. Para trabajar necesitamos tener s. Según la OMS, la salud se define como “un estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no sólo la ausencia de enfermedad”, Las condiciones en que se realiza el trabajo, pueden perjudicar la salud del trabajador, en lo anterior ninguna empresa,  quiere hacerse responsable argumentan en que si el trabajador fue el que ocasiono el accidente o incidente de manera directa o indirecta, ya la culpa o en pago por los mismo (accidente o incidente) no sería por parte del ARP correspondiente sino del trabajador como tal por no estar pendiente y/o alerta de los riesgos que se pueden presentar en su área de trabajo.·
 Por otro lado se puede entender que en algún caso de que quede inválido o muera los gastos vienen por parte de él, en caso de invalidez y en caso de muerte por parte de la familia, ya él fue el culpable directo del accidente, por no estar atento en su sitio de trabajo, o por quedarse realizando otras funciones no encomendadas por sus superiores, como esperando un compañero cuando ya se haya culminado la jornada laboral para él, o descansando dentro del área de trabajo en horas no correspondiente, entre otras diferentes actividades que se presentan en nuestro quehacer diario por esto se debe tener en cuenta las nesecidades del empleado para despues no estar lamentandose.

Las causas de los accidentes se dividen generalmente en tres:
  1. Factores humanos. → Actos inseguros.
  2. Factores técnicos. → Ambiente. → Condición insegura.
  3. Factores organizativos. → Administrativos o gerenciales.

**Existe alguna diferencia entre Salud Ocupacional y el Sistema de Riesgos Profesionales? Cuales pueden ser?.
* SALUD OCUPACIONAL:

orientada a promover y mantener en el mayor grado posible el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos en su empleo de todos los agentes perjudiciales para la salud, por lo tanto la salud ocupacional se encarga de la salud de los trabajadores.

*SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES:

El conjunto de entidades públicas como el Ministerio de Protección Social, súper bancaria, ISS, etc., y privadas como las ARPS, instituciones educativas y las empresas que son las directamente responsables de implementar, ejecutar y desarrollar las normas en salud ocupacional en este sistema, con todas las disposiciones anteriores y posteriores que se incorporen al presente decreto ley 1295 de 1994.
Los procedimientos en el sistema de riesgos son los diferentes trámites, pasos u operaciones para el reconocimiento de prestaciones económicas o asistenciales, la elección de juntas de calificación de la invalidez o los miembros de los comités paritarios de salud ocupacional, entre otros.

La legislación y todos los aspectos técnicos en salud ocupacional se incorporen e integran al sistema general de riesgos profesionales, por lo tanto se debe tener en cuenta en este sistema la legislación y el Sistema General de Riesgos Profesionales.
***¿Cuales cree usted que son los derechos y deberes que tiene el trabajador?.
DERECHOS

-Atención médica oportuna.
-Afiliar al trabajador a una empresa de salud.
-Prestarles los primeros auxilios cuando sea necesario.
-Devengar un salario mínimo.
-Ser oficializado al SGRP.
-Ser oficializado al fondo de prestaciones.
-Vacaciones anuales remuneradas.
-Dotación legal del trabajador.


DEBERES

-Ser responsable con el horario de entrada a la empresa.
-Ser activo.
-Portar el uniforme en tiempo de trabajo.
-No llegar con olores a bebidas alcohólicas.
-Respeto.
-Acatar órdenes.
-Realizar personalmente la labor en los términos estipulados.
-No comunicar con terceros, salvo la autorización expresa la información que tenga sobre su trabajo.
-Guardar rigurosamente en las relaciones con sus supervisores y compañeros
 
****¿Cuales son los deberes que tiene el empleador o contratista para con sus empleados?.
El trabajador como el empleador tienen derechos y deberes  (LEY DE CONTRATO DE TRABAJO)

1) Empleador
  Derechos del Empleador


a. Recibir el trabajo
El empleador tiene derecho de recibir el trabajo del trabajador y la obligación de darle trabajo en forma adecuada. En este sentido, en el Art. 84 dice: “El trabajador debe prestar servicios con puntualidad, asistencia regular y dedicación adecuada a las características de su empleo y a los medios instrumentales.”
DILIGENCIA , COLABORACION,FIDELIDAD del trabajador para con su empleador en su Art. 85 que dice: “El trabajador debe observar todos aquellos deberes de fidelidad que deriven de la índole de las tareas que tengan asignadas, guardando reserva o secreto de las informaciones a que tenga acceso y que exijan al comportamiento de su parte”.


b. Facultad de Dirección
El empleador tiene la capacidad de dirigir y administrar la empresa; dentro de ella el trabajador deberá cumplir las órdenes e instrucciones que se le impartan, debe conservar los elementos .Pero no así por el deterioro que sufran derivados del uso y no pueden afectarse legítimos derechos del trabajador ni causarle perjuicio material ni moral.

El empleador tiene derecho de ejercitar  o capacidad de variar, dentro de los límites establecidos las condiciones de trabajo del empleado. En todos los casos estas variaciones deben responder a causas funcionales de la empresa, de lo contrario el trabajador puede considerarse despedido sin justa causa. Podrán ser modificados siempre que no causen perjuicio al trabajador.

 *LUGAR DE TRABAJO
* SU HORARIO
* SU TAREA 

Si el empleador insiste en el cambio, puede considerarse despedido, invocando su perjuicio y con culpa del empleador. Si se produce un conflicto judicial, el empleador deberá demostrar su necesidad funcional. Si no lo hace, deberá abonar al trabajador la indemnización por despido. Si existieren causas funcionales, pero el trabajador demostrare los daños personales o materiales, el empleador deberá igualmente responder.

c. Facultad Disciplinaria
El empleador tiene derecho de aplicar medidas disciplinarias que guarden relación con las faltas o incumplimientos del trabajador.
Este podrá cuestionarla dentro de los 30 días de aplicada la sanción; trascurrido ese plazo se considerara consentida. El empleador debe actuar siempre dentro del marco de la ley o convenios, cuidando de respetar la dignidad del trabajador y sus derechos patrimoniales Nunca una sanción podrá consistir en la modificación del contrato de trabajo.

d. Facultad de Control
 Proteger los bienes del empleador; debe ser ejercida con discreción,teniendo en cuenta siempre la dignidad del trabajador. Todo control debe ser efectuado al azar si no está destinado a la totalidad del personal. Estos medios de selección automática y sus controles deberán ser puestos en conocimiento del MTSS, que tendrá facultad de verificarlos



e. Invenciones del Trabajador
Si se tratase de inventos realizados por el trabajador, el empleador debe ser preferido por el trabajador como comprador, si este ultimo decidiere venderlo, a igualdad de precio debe vendérselo a su empleador.
El trabajador debe guardar secreto de los procedimientos industriales que conociera como consecuencia de su trabajo.

DEBERES DEL EMPLEADOR

a. Deber de ocupación
El empleador debe dar efectiva ocupación al trabajador, adecuada a su categoría profesional o calificación; cumpliendo con todos los deberes legales  Y no puede invocar la falta de cumplimiento del trabajador a quita de los beneficios que la ley impone.

b. Deber de respetar la libre expresión, seguridad y condiciones dignas de labor.
El empleador no podrá obligar al trabajador a que manifieste ideas políticas, religiosas o sindicales . En todos los casos, el empleador deberá cuidar de la dignidad e integridad psicofísica del trabajador, respetando todas las normas nacionales, provinciales y municipales sobre seguridad e higiene en el trabajo. Además, si el trabajador habitase en el establecimiento su vivienda debe ser digna y confortable y su alimentación sana y Protección a la vida y bienes del trabajador si se le diera comida esta debe ser sana y suficiente.

c. Deber de Igualdad de trato

Ningún trabajador debe ser discriminado por su sexo, religión, raza, edad o ideas gremiales o políticas. No se considerara que exista desigualdad si un trabajador se lo premia por su mayor eficacia, cumplimiento o laboriosidad, etc. Estos premios siempre deberán obedecer a causas objetivas y nunca subjetivas, tal como un premio por conducta .
d. Deber de pagar las remuneraciones y reintegro de gastos

Deben ser otorgados en los plazos y formas : “El empleador está obligado a satisfacer el pago de la remuneración debida al trabajador en los plazos y condiciones previstos en esta LEY”
El empleado tiene derecho a que se le reintegren los gastos que el cumplimiento de su trabajo le haya demandado y a que se le cubran los daños sufridos en sus bienes por el hecho y en ocasión del mismo

e. Contribuciones sociales y sindicales. Certificados de trabajo

El empleador deberá hacer los aportes que le correspondan en carácter de agente de retención y/o como obligado directo en las cajas de seguridad, sindicatos y obras sociales, que aseguren al trabajador el goce de los beneficios que le corresponden (previsionales y de obras sociales). El empleador debe dar, al concluir el contrato de trabajo o cuando el trabajador lo requiera, constancia escrita de los aportes realizados (los formularios son entregados por las cajas en forma gratuita).
Hay que distinguir el certificado de servicios, que solo sirve como antecedente laboral, del certificado de aportes y remuneraciones que se usara para tramitar los beneficios previsionales
f. Inventos del trabajador

El empleador debe mantener sigilo respecto a los conocimientos que tenga sobre los inventos del trabajador.

EMPLEADO

 Derechos del empleado
a. Que se le de ocupación efectiva: Debe dársele trabajo no solo abonarle un sueldo.
b. Que se respete su dignidad como persona: Limite de las atribuciones del empleador
c. Libertad de Expresión: Puede expresar sus ideas respetando la persona del empleador y la moral y buenas costumbres.
d. Seguridad y condiciones dignas de labor: En la aplicación efectiva al trabajador, el dar condiciones de trabajo adecuadas en base a las normas legales es una forma del respeto de la dignidad como persona
e. Cobro de remuneración y reintegro de gastos
f. A la diligencia e iniciativa del empleador: Este derecho del trabajador esta expresado como deber del empleador
g. No ser objeto de discriminaciones
i. La ley no contempla, en realidad no podía hacerlo, que para contratar a alguien el empleador deba respetar esta norma
ii. El empleador debe darle a todos igualdad de oportunidades, pero premiar a quien realiza mejor su trabajo no puede considerarse discriminatorio.
h. Obtener certificados: 

 i. Inventos del trabajador:
i. Invento
i. Desarrollo
i. Trabajador contratado para desarrollo de ideas


B) DEBERES DEL EMPLEADO

a. Poner su capacidad de trabajo a favor del empleador
b. Aceptar el ejercicio regular de los derechos del empleador
c. Someterse a los controles médicos
d. Dar preferencia al empleador en sus inventos.Es justa causa de despido en caso de no venderlo a su empleador en igualdad de oferta.
e.Formación Profesional: Incorporado
Plantea la formación profesional del trabajador como un derecho fundamental.

Deberá realizarse con programas implementados por el empleador, de acuerdo a las necesidades y características de la empresa del empleador, con asistencia de organismos del estado.


 


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